- Planilla de Registro Consular. (Solamente si no la ha presentado o debe de actualizar su información. No olvide anexar fotografía y copia de sus documentos de identidad. No deje espacios en blancos)
- Un (01) acta de matrimonio original emitida por una autoridad local competente y autenticada por Foreign Affairs. Mas información: Authentication and Service of Documents Section (JLAC)
- Traducción original realizada por un traductor certificado y deberá ser autenticada por Authentication and Service of Documents Section (JLAC)
- Original y copia de las cédulas de identidad o pasaportes de los cónyuges. *
- Original y copia del documento de identidad del(la) cónyuge extranjero, si fuere el caso.
- Copia del acta de nacimiento, de la gaceta oficial o certificado de naturalización del(los) cónyuge(s) venezolano(s). *
Todo matrimonio de venezolano(a) que no hubiere sido declarado ante la Representación Diplomática o Consular, podrá declararse ante las OURC del último domicilio del o los cónyuges en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela, para lo cual deberán consignar los requisitos antes mencionados.
*Los documentos originales será devueltos. Si uno de los documentos está en un idioma distinto al castellano, deberá estar debidamente traducido por un traductor certificado y la traducción deberá autenticarse en Foreign Affairs.
La presente actuación consular está exenta de cobro. (L.O.S.Consular Art. 55)
Copia certificada del Extracto de Matrimonio registrado:
- Planilla de Registro Consular. (Solamente si no la ha presentado o debe de actualizar su información. No olvide anexar fotografía y copia de sus documentos de identidad. No deje espacios en blancos)
- Copia del acta de matrimonio.
- Depósito por treinta dólares americanos (30USD) en la entidad bancaria (Confirmar con la Embajada la cuenta), a nombre de Embassy of the Bolivarian Republic of Venezuela, una vez realizado dicho depósito deberán dirigirse a la embajada con el recibo para su verificación. Debe realizarse en el mismo mes de la presentación de los documentos.
Duración: Mínimo tres (03) días hábiles, contados a partir del ingreso de todos los documentos requeridos.
Recaudos para contraer matrimonio en Venezuela
-
Certificado de Nacimiento en Original.
-
Declaración Jurada de estado civil.
- Todos los documentos mencionados anteriormente, deben ser primero autenticados por el Departamento de Relaciones Exteriores de Canadá, y posteriormente por esta Sección Consular.Los ciudadanos extranjeros deben solicitar visa de turista, (excluyendo los beneficiarios de la tarjeta de turismo DEX-2, ver lista).
- Si es soltero: Constancia de soltería (affidavit), firmada ante un notario y en presencia de tres testigos, mayores de edad, haciendo constar que el ciudadano es hábil para contraer matrimonio
- Si es divorciado: Certificado o Acta original de la sentencia de divorcio
- Si es viudo: Certificado o Acta de defunción del cónyuge y un affidavit firmado ante un notario y en presencia de tres testigos, mayores de edad, haciendo constar que el ciudadano es hábil para contraer matrimonio.
(*) Este documento original será devuelto, pero si está en un idioma distinto al castellano, deberá estar debidamente traducido por un traductor certificado y la traducción deberá autenticarse en Foreign Affairs.
Más información:
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La legalización de los documentos antes mencionados es un SERVICIO GRATUITO contemplado en la Ley Orgánica del Servicio Consular, Art. 55, Ordinal 2; para ello, el interesado deberá solicitar por escrito dicha legalización, indicando que serán utilizados para los fines de contraer matrimonio en Venezuela.
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Legalmente en Venezuela, el matrimonio civil debe celebrarse antes de contraer matrimonio religioso.
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Duración: Mínimo tres (03) días hábiles, contados a partir del ingreso de todos los documentos requeridos.
La Embajada se reserva el derecho de solicitar cualquier otro documento que considere pertinente.
NOTA:
El ciudadano que desee contraer matrimonio en Venezuela deberá cumplir con requisitos establecidos por la legislación interna para la celebración de este proceso; el mismo no puede realizarse en un corto periodo de tiempo. Los requisitos, formalidades y procedimientos generales para la celebración del matrimonio en Venezuela se encuentran pautados en el Código Civil, Título IV, Capítulo I al V, artículos 41 al 102. El mismo Código legisla de manera específica el matrimonio de los extranjeros en Venezuela, artículo 104 al 109.
Tome en cuenta que la Embajada solo procesa solicitudes provenientes de Ottawa y alrededores (dirección de vivienda o trabajo del solicitante), para el resto del país diríjase a las siguientes misiones:
Consulado en Toronto: Ontario, Alberta, British Columbia, Manitoba, Saskatchewan.
Consulado en Montreal: Quebec, New Brunswick, Newfoundland, Nova Scotia, Prince Edward Island.
Consulado en Vancouver: Columbia Británica, Alberta, Yukón y Territorios del Noroeste de Canadá.