Los mandatos o poderes constituyen un contrato mediante el cual una persona se obliga gratuitamente, o mediante salario, a ejecutar uno o más negocios por cuenta de otra, que la ha encargado de ello.
El Poder puede ser Especial o General.
El Poder Especial será para un negocio o para ciertos negocios u acción específica.
El Poder General será para todos los negocios del mandante, en éste caso, no corresponde más que a casos de administración y disposición.
Para poder transigir, enajenar, hipotecar o ejecutar cualquier otro acto que exceda de la administración ordinaria, el mandato debe ser expreso en ese sentido.
El poder se extingue por revocación, renuncia del mandatario, muerte, interdicción, quiebra o cesión de bienes del mandante o del mandatario; inhabilitación del mandante o del mandatario.
Recaudos para registrar un Poder Especial o un Poder General:
-
Original del Poder, el cual debe ser redactado por un abogado, debidamente colegiado en Venezuela, en idioma castellano.
-
Original de la Cédula de Identidad, u otro documento de identidad, del otorgante u otorgantes.
-
Original de la Cédula de Identidad, u otro documento de identidad, del apoderado o apoderados.
-
Para el registro de un Poder Especial: cheque de gerencia, a nombre de Embassy of Venezuela, por la cantidad de cien dólares estadounidenses (US$ 100,00)
-
Para el registro de un Poder General: cheque de gerencia, a nombre de Embassy of Venezuela, por la cantidad de trescientos dólares estadounidenses (US$ 300,00)
Observaciones sobre el procedimiento:
-El otorgante deberá comunicarse con la Sección Consular de esta Embajada, a fin de coordinar la fecha en que firmara el Poder, lo relativo al documento, los recaudos que deberá presentar y lo concerniente a los Derechos Consulares a cancelar.
-El otorgante deberá hacer llegar el texto del Poder con antelación, al funcionario consular actuante, a fin de que este transcrito para la fecha indicada.
No se aceptarán documentos con enmendaduras y/o en mal estado