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Requisitos para la inscripción de niñas, niños o adolescentes:
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Original de la Cédula de Identidad o Pasaporte de ambos progenitores.
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Una copia de la Gaceta Oficial o constancia de naturalización, en caso que uno o ambos progenitores sean naturalizados.
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Dos (02) copias certificadas del Acta de Nacimiento local, debidamente legalizadas.
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Declaración de Voluntad de ser venezolano por nacimiento, cuando se trate de los casos previstos en los ordinales 3 o 4 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
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Copia simple del Acta de matrimonio de los padres del niño, niña o adolescente.
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La presente actuación consular está exenta de cobro. (L.O.S.Consular Art. 55)
Registro de nacimientos en el exterior por un apoderado especial.
1. Los ciudadanos venezolanos podrán registrar a sus hijos o a sus hijas como ciudadanos venezolanos ante la Embajada de la República Bolivariana de Venezuela en Otawa, ante los Consulados Generales de Venezuela en Montreal o en Toronto. Este procedimiento es indispensable para la obtención de la Partida de Nacimiento venezolana.
2. Si lo anterior no se realizó durante su permanencia en Canadá, los progenitores deberán apoderar a una persona para lo haga por ellos ante esta Misión Diplomática o ante los citados Consulados Generales. El Poder deberá ser notariado en Venezuela y posteriormente, enviado a la persona designada por los progenitores.
3. La persona apoderada presentará su documento de identidad, así como todos los requisitos señalados anteriormente y concertará una cita en esta Misión Diplomática para la firma del Registro de Nacimiento.
La presente actuación consular está exenta de cobro. (L.O.S.Consular Art. 55)
Información General:
Cumplidas las formalidades de ley, se remite en original mediante los Despachos de Relaciones Exteriores e Interior y Justicia, la partida expedida y sus anexos, a los efectos del registro civil correspondiente en Venezuela.
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