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Requisitos para la inscripción de niñas, niños o adolescentes:

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  • Original de la Cédula de Identidad o Pasaporte de ambos progenitores.
  • Una copia de la Gaceta Oficial o constancia de naturalización, en caso que uno o ambos progenitores sean naturalizados.
  • Dos (02) copias certificadas del Acta de Nacimiento local, debidamente legalizadas.
  • Declaración de Voluntad de ser venezolano por nacimiento, cuando se trate de los casos previstos en los ordinales 3 o 4 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
  • Copia simple del Acta de matrimonio de los padres del niño, niña o adolescente.
  • Completar la planilla: Extracto del Acta de Nacimiento.


La presente actuación consular está exenta de cobro. (L.O.S.Consular Art. 55)

Registro de nacimientos en el exterior por un apoderado especial.

1. Los ciudadanos venezolanos podrán registrar a sus hijos o a sus hijas como ciudadanos venezolanos ante la Embajada de la República Bolivariana de Venezuela en Otawa, ante los Consulados Generales de Venezuela en Montreal o en Toronto. Este procedimiento es indispensable para la obtención de la Partida de Nacimiento venezolana.

2. Si lo anterior no se realizó durante su permanencia en Canadá, los progenitores deberán apoderar a una persona para lo haga por ellos ante esta Misión Diplomática o ante los citados Consulados Generales. El Poder deberá ser notariado en Venezuela y posteriormente, enviado a la persona designada por los progenitores.

3. La persona apoderada presentará su documento de identidad, así como todos los requisitos señalados anteriormente y concertará una cita en esta Misión Diplomática para la firma del Registro de Nacimiento.

 
La presente actuación consular está exenta de cobro. (L.O.S.Consular Art. 55)

Información General:

Cumplidas las formalidades de ley, se remite en original mediante los Despachos de Relaciones Exteriores e Interior y Justicia, la partida expedida y sus anexos,  a los efectos del registro civil correspondiente en Venezuela.

 

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