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EL CENTRO INTERNACIONAL DE ARREGLO DE DIFERENCIAS RELATIVAS A INVERSIONES SENTENCIÓ A FAVOR DE VENEZUELA.

En fecha 28 de diciembre de 2007 el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) con sede en Washington D.C., Tribunal Arbitral adscrito al Banco Mundial, que conocía del proceso seguido por la sociedad mercantil del Reino de los Países Bajos I & I Beheer B.V. contra la República Bolivariana de Venezuela por una cuantía de US $ 324.000.000,00, el cual tuvo como fundamento el intento de cobro de las notas promisorias falsificadas identificadas con el Código Caroní, ICC-290 2/31, ICC-290 4/31, cuya emisión se pretendió atribuir al Banco de Desarrollo Agropecuario (Bandagro), por un valor facial de US $ 5.000.000,00 cada una, sentenció la terminación del proceso, liberando así a la República Bolivariana de Venezuela del pago de indemnización alguna a favor de la sociedad mercantil demandante.

La defensa en el citado proceso arbitral fue ejercida durante el último año en forma directa por la Procuraduría General de la República, la cual opuso como elementos a su favor la falta de jurisdicción del Tribunal Arbitral, la falsedad de las supuestas notas promisorias, el fraudulento proceder de los actores y sus apoderados y la mala praxis procesal de los mismos.

Esta victoria judicial reviste vital importancia para la República ya que constituye el primer proceso que se resuelve en jurisdicción internacional, relacionado con las falsas notas promisorias de Bandagro. Cabe resaltar asimismo que esta decisión representa el primer juicio arbitral decidido por el CIADI a favor de Venezuela.

Por su parte, la Procuraduría General, en ejercicio de la defensa patrimonial de la República continúa actuando en otros procesos judiciales en curso relativos al caso y ejecuta las acciones tendentes a lograr la incautación y aseguramiento de los falsos títulos, así como la persecución penal de los tenedores de los mismos.     

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